Preguntas Frecuentes

El mínimo son 10 si es para construcción de viviendas nuevas, y 6 para el caso de reciclajes. A la vez, por la reglamentación actual del MVOTMA, el máximo de familias son 50 para otorgarles el préstamo, a pesar que los estatutos puedan establecer un número mayor.

El titular deberá ser mayor de 18 años; no deberá ser propietario de otra vivienda en un radio de 100 kilómetros y tampoco integrar otra cooperativa –como titular de la misma-. Los ingresos dependen de la cantidad de integrantes del grupo familiar:

Integrantes12345
Ingresos40 UR60 UR72 UR84 UR96 UR

 

La diferencia está dada en la propiedad de la vivienda. Mientras en las Cooperativas de Usuarios las mismas pertenecen siempre a la COOPERATIVA, teniendo cada cooperativista el uso y goce de la vivienda, en las Cooperativas de Propietarios habrá de adjudicarse en propiedad a cada socio. En las cooperativas que impulsa COVIPRO esa situación se dará una vez que se termine de pagar el préstamo. A esta modalidad se le llama Cooperativas de Propietarios de Entrega Diferida.

Mientras el Estado nos da el 85% del precio de tasación de cada vivienda para la construcción, el otro 15% deberá ponerlo el cooperativista. En las Cooperativas de Ahorro Previo se pone con dinero; en las Cooperativas de Ayuda Mutua con trabajo.

Se estima que el 15% mencionado, en proyectos de 24 meses, serán unas 2.000 horas por cada núcleo, en todo el período (un promedio de 21 horas semanales).

Sí, tienen la misma obligación de horas a trabajar, aunque los reglamentos internos pueden establecer excepciones sobre casos particulares.

No. Está prohibido en todos los reglamentos internos que impulsamos. Perderíamos, de permitirlo, el sentido mismo de la ayuda mutua y su repercusión social.

Hay dos tipos de renuncias y en ambas se reintegra el capital, desde un 75 a un 90%, menos deudas. Al mismo tiempo, para hacer el reintegro, la cooperativa cuenta con tiempos legales para efectivizarlo que pueden alcanzar los 48 meses desde la fecha de la aprobación de la renuncia por parte del Consejo Directivo.

No hay una respuesta única y dependerá de cada grupo y su desarrollo. De todas formas ninguna puede plantearse como objetivo acceder a la vivienda en un período menor a 5 años desde el momento que se conforma.

No. Es un resorte de cada cooperativa elegir al IAT. La Federación sí puede asesorar en la búsqueda y la elección del mismo, actuando como guía para la discusión de cada núcleo cooperativo.

Los préstamos son a 25 de años en Unidades Reajustables. Las cuotas se ajustan una vez al año de acuerdo al incremento de dicha moneda.

Desde el año 2008 existe una reglamentación por la cual cada núcleo familiar paga según sus ingresos líquidos y la cantidad de integrantes del mismo. Esto significa que la cuota resultante es una afectación distinta independiente de la cantidad de dormitorios y el valor nominal de la cuota.

Esto también está reglamentado según la composición del núcleo familiar. El mínimo siempre es 2 y el máximo 4. Al mismo tiempo desde COVIPRO impulsamos que, si los terrenos lo permiten, cada proyecto arquitectónico contemple la evolución de la vivienda. Es decir, que con el tiempo, pueda ampliarse según las necesidades de cada familia.